Términos de servicio

Para la celebración del presente Contrato, las partes otorgan las siguientes:

DECLARACIONES

1.- Las partes están de acuerdo en el significado de los siguientes conceptos:

a).- CONTRATO: Es el presente instrumento y sus modificaciones, firmadas por las partes.

b).- SERVICIOS FUNERARIOS INTEGRALES: Son los servicios contratados en este instrumento y consisten en elegir una de las siguientes opciones:

b.1) Servicio Funerario Integral: gestoría del funeral, traslado dentro del área metropolitana, embalsamamiento por muerte natural, preparación estética del cuerpo, sala de velación o servicio de velación en domicilio dentro del área metropolitana por 24 horas, servicio de cafeterí­a en sala de velación, servicio de carroza, ataúd metálico o madera de acuerdo al nivel de Garantía Funeraria Integral, asesorí­a en trámites legales.

b.2) Servicio de cremación: gestorí­a del funeral, traslados dentro del área metropolitana, servicio de cremación, urna según el tipo de Garantí­a Funeraria Integral contratada, este servicio esta sujeto a disponibilidad de la Ciudad donde se preste el servicio. Capillas y modelos de ataúdes preestablecidos en nuestras Agencias Funerarias Asociadas. El servicio no incluye: ataúd jumbo, traslados foráneos, lote funeral, gastos de inhumación o exhumación en parques funerales.

c).- SNF SISTEMA NACIONAL FUNERARIO: Es la red de servicio establecida por la «LA COMPAÑIA«, por medio de sus Sucursales y de las Agencias Funerarias Asociadas, para proporcionar los Servicios Funerarios Integrales contratados en esta Garantía durante su vigencia.

d).- FAMILIARES PROTEGIDOS: Son aquellos que «EL TITULAR» ha designado como beneficiarios de losServicios Funerarios Integrales, que ampara este Contrato.

 

e).- GARANTIA FUNERARIA INTEGRAL: Es el plan de protección funeraria anual para «EL TITULAR» Y susFamiliares protegidos, en los términos establecidos en el presente Contrato.

f).- CENTRO DE ATENCION A CLIENTES: Es la oficina establecida por «LA COMPAÑIA» a nivel nacional con servicio las 24 horas de todos los dí­as del año, en el que «EL TITULAR» o los Familiares protegidos solicitarán ví­a telefónica al 01 800 890 85 85, los Servicios Funerarios Integrales que lleguen a requerir y también realizar las consultas que requieran en relación con este Contrato de Garantía.

g).- AGENCIAS FUNERARIAS ASOCIADAS: Son la red de Agencias Funerarias enlistadas en el Directorio que se anexa al presente Contrato (Anexo 1) con las que «LA COMPAÑÍA» tiene establecidos convenios para la prestación de los Servicios Funerarios Integrales contratados para «EL TITULAR» Y sus Familiares protegidos.

II.- Declara «LA COMPAÑÍA»; bajo protesta de decir la verdad que cuenta con la infraestructura, experiencia, tecnología y equipo necesario, y con los convenios con I las Agencias Funerarias Asociadas, para proporcionar los servicios establecidos en este Contrato de Garantí­a Funeraria Integral, durante las 24 horas de todos los dí­as del año. 

III.- Declara «EL TITULAR»; bajo protesta de decir verdad; que al momento de firmar esta Garantí­a Funeraria Integral, tanto él como sus Familiares protegidos, disfrutan de buen estado de salud.

IV.- Declaran ambas partes; que con la personalidad con que se ostentan y se reconocen; y de conformidad con lo anteriormente manifestado, están de acuerdo en celebrar el presente Contrato que someten a las siguientes

CLAUSULAS

Primera: «LA COMPAÑÍA» se obliga a proporcionar los Servicios Funerarios Integrales establecidos en el inciso b), de la declaración I de este Contrato, a «EL TITULAR» Y sus Familiares protegidos, en los términos del mismo.

Segunda: Esta Garantía Funeraria Integral, protege únicamente a «EL TITULAR» Y a los Familiares protegidos según el tipo de Garantía contratada.

Tercera: Al requerir el (los) Servicio(s) Funerario(s) contratados, «EL TITULAR» o alguno de sus Familiares protegidos lo solicitarán al Centro de Atención a Clientes al teléfono 01 8008908585, con servicio las 24 horas de todos los días del año.  «LA COMPAÑÍ­A»  se obliga a proporcionar el (los) Servicio(s) Funerario(s) convenido(s) de inmediato. El solicitante deberá presentar en la funeraria seleccionada del Directorio del SNF Sistema Nacional Funerario este documento, una copia de identificación oficial y el último recibo de nomina o comprobante de abono de «EL TITULAR», con el que acredite estar al corriente en los pagos; en caso de no proporcionar los documentos requeridos «LA COMPAÑÍA» verificará en su sistema que se encuentra al corriente, y de ser así­, proporcionará a la Agencia Funeraria seleccionada, el folio de la Garantía Funeraria Integral para la prestación del servicio; y en caso contrario «EL TITULAR» deberá cubrir directamente el costo del(os) servicio(s) requerido(s) al precio vigente al público que tenga establecido «LA COMPAÑÍA».

Cuarta: En el caso de fallecimiento de «EL TITULAR» será uno de sus Familiares protegidos el encargado de solicitar el Servicio Funerario contratado, al Centro de Atención a Clientes al teléfono 01 800 890 85 85, con servicio las 24 horas de todos los dí­as del año; de acuerdo al procedimiento estipulado en la cláusula Tercera.

Quinta: «EL TITULAR» acepta que el importe anual de la Garantía Funeraria Integral, será cubierto en la forma pactada en el apartado correspondiente de este Contrato. «LA COMPAÑÍA» no prestará el Servicio Funerario a «EL TITULAR» o Familiar protegido, si éste no se encuentra al corriente con sus pagos.

Sexta: En caso de que «EL TITULAR» o alguno de los Familiares protegidos actuaran con dolo o mala fe, o que exista falsedad en la información proporcionada por «EL TITULAR» con el fin de obtener de «LA COMPAÑÍA», el (los) Servicio(s) Funerario(s) contratados; ésta Garantí­a quedará automáticamente nula y se le(s) cobrará directamente a el solicitante (los) servicio(s) que se haya(n) proporcionado a los precios vigentes al público en general.

Séptima: En el caso de que «EL TITULAR» o alguno de sus Familiares protegidos, queden incluidos en más de un Contrato de Garantía Funeraria Integral y llegasen a fallecer durante la vigencia de la misma; «LA COMPAÑÍA» se compromete a cumplir con el Servicio Funerario correspondiente, sin que «EL TITULAR» del otro Contrato en el que dicha(s) persona(s) está(n) protegida(s), tenga derecho a compensación, rembolso o pago alguno por parte de «LA COMPAÑÍ­A».

Octava: La Garantía Funeraria Integral objeto de este Contrato, tendrá vigencia mínima de un año forzoso para ambas partes, «EL TITULAR» esta de acuerdo en la renovación anual de su Garantí­a Funeraria Integral con el ajuste de precio correspondiente, salvo que «EL TITULAR» decida cancelar previo aviso por escrito, con 30 días de anticipación a la fecha de vencimiento.

Novena: Cualquier servicio no incluido en este Contrato de Garantí­a Funeraria Integral, quedara excluido de los beneficios amparados en el mismo. Por lo tanto cuando «EL TITULAR» o alguno de sus Familiares protegidos solicite un servicio adicional o diferente al (los) estipulado(s) en este instrumento, «LA COMPAÑÍA» no estará obligada a otorgarlo, a menos que paguen la diferencia entre el precio del servicio solicitado y el que es objeto de esta Garantía, a los precios que rijan en ese momento al público en general.

Décima: «EL TITULAR» está de acuerdo en que los Servicios Funerarios Integrales contratados, que al término de esta Garantí­a no sean utilizados, no podrán ser sustituidos por otros, ni otorgados a familiares no protegidos, y los descuentos realizados no serán restituidos.

Décima primera: Cuando el pago se ha pactado a través de un cargo domiciliado  «EL TITULAR» está aceptando que «LA COMPAÑÍA» realice el cargo periódico a la tarjeta proporcionada, siempre y cuando el banco que emite la tarjeta de «EL TITULAR» haya aceptado el cargo a la misma.  «EL TITULAR» se compromete a mantener saldo suficiente en su cuenta en las fechas pactadas para el cobro y en los casos de que renueve el plástico, cambie de cuenta, o bien si su cuenta llegara a ser bloqueada, boletinada, cancelada, etc., deberá de notificarlo de inmediato a  «LA COMPAÑÍA»  y proporcionar los datos de otra cuenta donde se pueda domiciliar el cargo, con el fin de que su cuenta pueda permanecer al corriente y continúe con la protección que le brinda su Garantía Funeraria Integral.

Décima segunda: En caso de que «EL TITULAR» o alguno de sus Familiares protegidos fallecieran fuera del área metropolitana o urbana de la ciudad donde se solicite el servicio, «LA COMPAÑÍ­A» proporcionará únicamente el Servicio Funerario, y los pagos correspondientes por concepto de traslados foráneos, derechos municipales o estatales, correrán por cuenta del solicitante del Servicio Funerario.

Décima tercera: En caso de que sucedan eventos naturales como terremotos, huracanes o derivados de casos fortuitos o fuerza mayor, así­ como en casos de guerra o insurrección en el paí­s, cesará la responsabilidad de«LA COMPAÑÍA», en relación a esta Garantí­a Funeraria Integral.

Décima cuarta: Para el cumplimiento e interpretación de cualquier controversia de la presente Garantía Funeraria Integral, las partes manifiestan su conformidad de someterse a las leyes y a los tribunales de la ciudad de Saltillo, Coa huila, renunciando a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder, por razón de sus domicilios mencionados en este contrato o a los futuros que les pudieren corresponder. 

Para solicitar un servicio funerario llame al 01 800 890 85 85

con servicio gratuito las 24 horas

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